Consulte los últimos cambios efectuados en el RUT, de acuerdo al Decreto 2620 de diciembre de 2014 y realice sus actualizaciones. Conozca el texto completo del Decreto.
El Ministerio de Hacienda expidió el Decreto 2620 de diciembre 17 de 2014 con el que introdujo algunos cambios en el Registro Único Tributario, RUT en la identificación de las personas naturales, la formalización de la inscripción, la actualización y la solicitud de cancelación. Como bien sabemos, el Registro único Tributario, RUT, es el documento con el que los colombianos pueden realizar trámites y transacciones económicas, principalmente con entidades del Estado. Por eso es necesario tenerlo actualizado.
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¿Cómo se hace el trámite de actualización?
La actualización,la inscripción y la solicitud de cancelación se puede realizar de forma presencial y virtual. En cualquiera de los casos lo debe hacer el interesado o la persona que tenga la representación legal, para lo cual debe acreditar su calidad de representante o apoderado. la actualización se puede efectuar por internet ingresando al sitio web de la DIAN, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. En ese sitio usted además puede realizar las siguientes actividades, entre otras:
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- Las personas naturales del régimen simplificado del impuesto a las ventas, que no realicen actividades mercantiles, pueden efectuar la inscripción en el RUT, Registro Único Tributario.
- Puede actualizar la información que haya tenido cambios en el Registro Único Tributario, RUT
- También puede cancelar el RUT, siempre y cuando tenga registrada la firma digital, mediante mecanismo aprobado por la DIAN
Personas que viven fuera de Colombia
Todas las personas naturales residenciadas fuera del país, pueden enviar la solicitud tanto de inscripción como de actualización del Registro Único Tributario, RUT, y cambios en el RUT 2014 a través del sitio web de la DIAN, mediante el sistema quejas, peticiones, reclamos y sugerencias. Para lo anterior, deben anexar escaneado su cédula de ciudadanía o pasaporte. En el documento escaneado debe constar la fecha de salida del país. Una vez la DIAN haya formalizado el respectivo trámite solicitado por usted, le enviará a la dirección de correo electrónico el Registro Único Tributario, RUT certificado.
Usted puede ampliar sus conocmientos respecto a este trámite y obtener mayor información, consultando el Decreto Obtenga más información y conozca el Decreto 2620 en su totalidad, ingresando aquí